Las secciones de ortopedia en farmacias, o abiertas en otros establecimientos sanitarios, han de reunir las mismas condiciones y cumplir iguales requisitos que los establecimientos de ortopedia ordinarios, ya sea para la venta con adaptación individualizada de productos fabricados en serie como para la fabricación a medida de productos ortoprotésicos en su caso: instalaciones, dotaciones materiales, responsable técnico, etc.
Deberán disponer para ello de las pertinentes licencias y autorizaciones obtenidas de su comunidad autónoma.