¿Qué competencias tienen los técnicos ortoprotésicos?

La competencia general de los técnicos ortoprotésicos (con independencia de si son titulados conforme al Real Decreto 542/1995, de 7 de abril, por el que se establece el título de Técnico Superior en Ortoprotésica o al actual Real Decreto 905/2013, de 22 de noviembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Ortoprótesis y Productos de Apoyo y se fijan sus enseñanzas mínimas) consiste en diseñar, elaborar y adaptar ortesis, prótesis, ortoprótesis y productos de apoyo realizados de acuerdo con lo establecido en la reglamentación de estos productos en la normativa vigente, atendiendo a la prescripción oficial correspondiente y a la evaluación física y psicosocial del usuario, efectuar su seguimiento y mantenimiento y organizar y gestionar el establecimiento ortoprotésico.

 

A tale fines ambos reales decretos fijan unas amplias competencias profesionales, básicamente coincidentes, que contemplan desde el diseño, fabricación y adaptación de productos ortoprotésicos; la valoración de las características anatómicas, biomecánicas y patológicas del paciente o usuario para el tratamiento ortoprotésico;  la atención e información al usuario, dándole apoyo psicológico; la organización y dirección de la ortopedia, sus equipos de trabajo, gestionando su documentación administrativa y sanitaria, etc. Tales competencias se detallan más abajo transcribiendo los artículos respectivos de ambos reales decretos y de la cualificación profesional establecida por el INCUAL.

 

Ambos titulados de Formación Profesional de Grado Superior no cuentan con capacidad de prescripción de los productos ortoprotésicos, al no incluirse la misma en sus respectivas competencias (entre las que se menciona de forma expresa la capacidad de análisis e interpretación de la prescripción), y carecer de una ley propia de regulación del ejercicio profesional.

  1. a) Técnico Superior en Ortoprotésica (Real Decreto 542/1995, de 7 de abril, por el que se establece el título de Técnico Superior en Ortoprotésica)

Sus competencias se determinan en el Anexo, 2.1 de dicho real decreto:

2.1.1 Competencia general.

 Los requerimientos generales de cualificación profesional del sistema productivo para este técnico son:

Definir ortesis, prótesis y ortoprótesis y ayudas técnicas, organizar, programar y supervisar la fabricación y adaptación al cliente, cumpliendo o asegurando el cumplimiento de las especificaciones establecidas por la normativa y por la prescripción correspondiente.


2.1.2 Capacidades profesionales.

  • Diseñar ortesis, prótesis y ortoprótesis adaptadas a las características de los clientes y a la prescripción médica y podológica de la ortoprótesis.
  • Organizar y programar el trabajo, definiendo procesos, adaptando procedimientos, previendo materiales y recursos que aseguren la factibilidad de la fabricación y la cumplimentación de la producción en los plazos previstos.
  • Administrar y gestionar una unidad/gabinete, planificando y controlando la explotación del negocio, supervisando o realizando la gestión derivada de las obligaciones legales de las operaciones administrativas (gestión del fichero de clientes, adquisición, almacenamiento y reposición de materiales y equipos) y del control económico de la unidad/gabinete.
  • Fabricar ortesis, prótesis u ortoprótesis, aplicando las técnicas idóneas, manejando diestramente los equipos, útiles y herramientas y asegurando la adecuación al cliente y a la terapéutica prescrita.
  • Adaptar la ortoprótesis y/o ayudas técnicas a los clientes, informando/formando sobre las características técnicas y normas de uso correcto y comprobando y realizando las pruebas necesarias, para conseguir la satisfacción del cliente y del prescriptor de la misma.
  • Identificar y valorar la situación físico-emocional de las personas con minusvalías físicas, susceptibles de ser mejoradas mediante la prestación ortoprotésica.
  • Participar en la puesta a punto de nuevas técnicas, en proyectos de investigación y en programas de formación, así como proponer medidas relacionadas con la eficiencia y seguridad.
  • Poseer una visión global e integrada del sector y del proceso de producción ortoprotésico, tanto en su vertiente pública como privada.
  • Informar al cliente, a sus familiares y a otros profesionales del área sanitaria acerca de la prestación ortoprotésica.
  • Prevenir los riesgos laborales, aplicando medidas de higiene y de protección personales, así como de seguridad de las instalaciones.
  • Integrarse en equipo sanitario interdisciplinar para ejercer su trabajo, colaborando con los miembros del equipo de trabajo, asumiendo sus responsabilidades, cumpliendo los objetivos asignados y manteniendo el flujo de información adecuado.
  • Evaluar la interrelación de las personas con la salud/enfermedad y sus aspectos preventivos, asistenciales y rehabilitadores.
  • Adaptarse a las nuevas situaciones generadas como consecuencia de innovaciones tecnológicas y organizativas introducidas en su área laboral.
  • Responder ante las contingencias, planteando soluciones y resolviendo los problemas surgidos en la realización del trabajo.

Requerimientos de autonomía en las situaciones de trabajo:

A este técnico, en el marco de las funciones y objetivos asignados por técnicos y/o profesionales de nivel superior al suyo, se le requerirán en los campos ocupaciones concernidos, por lo general, las capacidades de autonomía en:

Administración y gestión del gabinete ortoprotésico.

Gestión de la cartera de clientes.

Adquisición, preparación y puesta a punto de materiales, útiles y herramientas, maquinaria y equipos.

Mantenimiento preventivo/conservación de los equipos del gabinete/taller.
Análisis e interpretación de las prescripciones ortoprotésicas.

Toma y registro de medidas antropométricas y moldes anatómicos.
Estudio de las características funcionales de los clientes.

Definición del producto, definición del proceso de fabricación, supervisión de la fabricación y control de calidad de la ortesis, prótesis u ortoprótesis.

Elaboración y montaje de los distintos componentes de la ortesis, prótesis u ortoprótesis.

Adaptación al cliente de la ortesis, prótesis u ortoprótesis. Programación, coordinación y supervisión del trabajo a su cargo.


2.1.3 Unidades de competencia.

  1. Administrar y gestionar un taller/laboratorio orto-protésico.
  2. Definir ortesis, prótesis, ortoprótesis o ayudas técnicas, ajustándose a la prescripción y a las características anatomo-funcionales del cliente.
  3. Organizar, programar y supervisar la fabricación de ortesis, prótesis, ortoprótesis y ayudas técnicas.
  4. Elaborar ortesis, prótesis, ortoprótesis y ayudas técnicas personalizadas.
  5. Adaptar las ortesis, prótesis, ortoprótesis y/o ayudas técnicas y realizar revisiones periódicas de la misma.

 

  1. b) Técnico Superior en Ortoprótesis y Productos de Apoyo (Real Decreto 905/2013, de 22 de noviembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Ortoprótesis y Productos de Apoyo y se fijan sus enseñanzas mínimas).

Sus competencias vienen definidas en sus artículos 4 a 6:

Artículo 4. Competencia general.

La competencia general de este título consiste en diseñar, elaborar y adaptar ortesis, prótesis, ortoprótesis y productos de apoyo realizados de acuerdo con lo establecido en la reglamentación de estos productos en la normativa vigente, atendiendo a la prescripción oficial correspondiente y a la evaluación física y psicosocial del usuario, efectuar su seguimiento y mantenimiento y organizar y gestionar el establecimiento ortoprotésico.

Artículo 5. Competencias profesionales, personales y sociales.

Las competencias profesionales, personales y sociales de este título son las que se relacionan a continuación:

  1. a) Diseñar ortesis, prótesis externas y productos de apoyo, según lo establecido el Real Decreto 1591/2009, de 16 de octubre, por el que se regulan los productos sanitarios y demás normativa de aplicación, adaptados a las características anatomofuncionales, psicológicas y sociales del usuario y ajustándose a la prescripción facultativa.
  2. b) Preparar equipos y materiales, siguiendo instrucciones técnicas y planes de mantenimiento.
  3. c) Elaborar productos ortoprotésicos y productos de apoyo, garantizando las características y prestaciones contempladas en la normativa vigente de forma que no comprometan la seguridad y salud de los pacientes, teniendo en cuenta la toxicidad y biocompatibilidad de los materiales, la reducción de los riesgos derivados de las características dimensionales y ergonómicas y demás requisitos esenciales establecidos en la normativa, así como su relación beneficio/riesgo, aplicando los procedimientos normalizados de trabajo y manejando con destreza los equipos, útiles y herramientas.
  4. d) Explorar el segmento tributario de tratamiento ortoprotésico, valorando sus características anatómicas, biomecánicas y patológicas.
  5. e) Adaptar los productos ortoprotésicos y los productos de apoyo según la valoración de las necesidades del usuario y los requisitos legales establecidos en el Real Decreto 1591/2009, de 16 de octubre, y demás normativa de aplicación.
  6. f) Verificar los elementos de los productos ortoprotésicos y productos de apoyo, detectando los fallos e identificando las medidas de corrección, y aplicar los procedimientos de recogida y evaluación de incidentes adversos dispuestos en la normativa vigente.
  7. g) Informar e instruir al usuario, a sus familiares o cuidadores y a otros profesionales sobre el etiquetado y la información que acompaña al producto, así como sobre el uso y mantenimiento de los productos ortoprotésicos y los productos de apoyo.
  8. h) Comprobar y revisar periódicamente ortesis, prótesis, ortoprótesis y productos de apoyo, así como su correcta utilización, para conseguir la satisfacción del usuario y del prescriptor y cumplir con la normativa vigente sobre los procedimientos de notificación de incidentes adversos a las autoridades, adoptando las medidas correctoras oportunas en caso de riesgo para la salud y, en todo caso, las medidas que sean determinadas por las autoridades sanitarias.
  9. i) Planificar los servicios que presta el establecimiento ortoprotésico, realizando o supervisando la gestión derivada de las operaciones administrativas y del control económico.
  10. j) Gestionar la documentación administrativa y sanitaria generada en el establecimiento para dar respuesta a las necesidades de los usuarios, acreditar la conformidad de los productos y mantener la trazabilidad, así como gestionar los procedimientos para obtener la licencia de funcionamiento como fabricante de productos sanitarios a medida, según lo establecido en el Real Decreto 437/2002, de 10 de mayo, por el que se establecen los criterios para la concesión de licencias de funcionamiento para los fabricantes de productos sanitarios a medida y para obtener la autorización del establecimiento de venta con adaptación de productos sanitarios, y realizar los registros de responsables de la comercialización y de productos de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1591/2009.
  11. k) Gestionar la adquisición, el almacenamiento y la reposición de materiales, equipos e instrumental para poder atender las demandas de los usuarios y lo establecido en la normativa vigente.
  12. l) Estimar el coste de los productos elaborados, para obtener el precio final del producto.
  13. m) Apoyar psicológicamente a los usuarios, estableciendo las técnicas de comunicación y de ayuda adecuadas a sus características psicosociales.
  14. n) Actuar en la prestación de servicio siguiendo los protocolos de protección individual, prevención de riesgos, seguridad y calidad.

ñ) Seleccionar residuos y productos caducados para su eliminación, de acuerdo con la normativa ambiental y sanitaria vigente.

  1. o) Adaptarse a las nuevas situaciones laborales, manteniendo actualizados los conocimientos científicos, técnicos y tecnológicos relativos a su entorno profesional, gestionando su formación y los recursos existentes en el aprendizaje a lo largo de la vida y utilizando las tecnologías de la información y la comunicación.
  2. p) Resolver situaciones, problemas o contingencias con iniciativa y autonomía en el ámbito de su competencia, con creatividad, innovación y espíritu de mejora en el trabajo personal y en el de los miembros del equipo.
  3. q) Organizar y coordinar equipos de trabajo y asegurar el uso eficiente de los recursos, con responsabilidad, supervisando el desarrollo del mismo, manteniendo relaciones fluidas y asumiendo el liderazgo, así como aportando soluciones a los conflictos grupales que se presenten.
  4. r) Comunicarse con sus iguales, superiores, clientes y personas bajo su responsabilidad, utilizando vías eficaces de comunicación, transmitiendo la información o conocimientos adecuados y respetando la autonomía y competencia de las personas que intervienen en el ámbito de su trabajo.
  5. s) Generar entornos seguros en el desarrollo de su trabajo y el de su equipo, supervisando y aplicando los procedimientos de prevención de riesgos laborales y ambientales, de acuerdo con lo establecido por la normativa y los objetivos de la empresa.
  6. t) Supervisar y aplicar procedimientos de gestión de calidad, de accesibilidad universal y de «diseño para todos», en las actividades profesionales incluidas en los procesos de producción o prestación de servicios.
  7. u) Realizar la gestión básica para la creación y funcionamiento de una pequeña empresa y tener iniciativa en su actividad profesional con sentido de la responsabilidad social.
  8. v) Ejercer sus derechos y cumplir con las obligaciones derivadas de su actividad profesional, incluyendo las relacionadas con el soporte vital básico, con responsabilidad social aplicando principios éticos en los procesos de salud y los protocolos de género, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente, participando activamente en la vida económica, social y cultural.

Artículo 6. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.

Cualificación profesional completa:

Ortoprotésica SAN128_3 (Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre, por el que se establecen nuevas cualificaciones profesionales, que se incluyen en el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales, así como sus correspondientes módulos formativos, que se incorporan al Catálogo modular de formación profesional, y se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las establecidas por el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero), que comprende las siguientes unidades de competencia:

UC0395_3: Gestionar un establecimiento ortoprotésico, organizando los procesos generales y los sistemas de control sanitario.

UC0396_3: Valorar las características anatómicas, biomecánicas y patológicas del segmento tributario de tratamiento ortoprotésico, adecuando el producto a las necesidades del paciente o usuario, ajustándose a la prescripción.

UC0397_3: Fabricar piezas básicas de productos ortoprotésicos, aplicando diferentes técnicas de tratamiento, mecanizado y unión de materiales para obtener productos idóneos estructuralmente.

UC0398_3: Proyectar, elaborar y adaptar ortesis.

UC0399_3: Proyectar, elaborar y adaptar prótesis externas.

UC0400_3: Proyectar, elaborar y adaptar ayudas técnicas para la vida diaria.