¿Qué se considera producto a medida?

El concepto de producto a medida lo establece el Real Decreto 1591/2009, por el que se regulan los productos sanitarios, artículo 2.1.d):

  1. d) «Producto a medida»: un producto sanitario fabricado específicamente según la prescripción escrita de un facultativo especialista, en la que éste haga constar bajo su responsabilidad las características específicas de diseño, y que se destine únicamente a un paciente determinado.

Los productos fabricados según métodos de fabricación continua o en serie que necesiten una adaptación para satisfacer necesidades específicas del médico o de otro usuario profesional no se considerarán productos a medida.